Aviso sobre el Uso de cookies: Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del lector y ofrecer contenidos de interés. Si continúa navegando entendemos que usted acepta nuestra política de cookies y basado en la politica de privacidad de Google Adsense. Puede leerlo en el enlace a continuación

LA NOTICIA DESTACADA

Auto roza a moto y cinco miembros de una familia caen y mueren arrollados por otro vehículo

Una joven pareja y sus tres pequeños hijos fallecieron tras ser arrollados por un automóvil, a 200 metros del Ramal Piribebuy- Eusebio Ayala...

martes, 2 de febrero de 2016

Romance con macabro final

Los celos desmedidos y la locura condujeron la relación clandestina entre el docente universitario Hugo Ramírez Sosa, de 44 años y Martha Orué Hirikawa (24) a un macabro final. La historia salió a la luz el 26 de enero de 2002 de la peor manera.


El dramático final de la relación se produjo el 26 de enero de 2002 y se dio a conocer de una forma macabra: con los miembros de la joven esparcidos en distintos lugares, entre las ciudades de Lambaré y Asunción.

El caso de Ramírez Sosa conmovió a la sociedad paraguaya por la gran dosis de crueldad que tuvo, y llamó la atención porque hasta ese entonces sospechoso era un ciudadano de bien. Docente universitario, máster en Economía, Ramírez Sosa no dejó los estudios ni la lectura siquiera en Tacumbú, donde está recluido desde el 2002 y en donde hizo varios cursos de especialización. Incluso, se graduó como especialista en matemáticas.

Ramírez Sosa y la joven Orué Hirikawa se conocieron en la Universidad en donde el docente daba clases. Entre ambos surgió una relación que después, con el paso del tiempo, terminaría de la manera más trágica para la estudiante, mientras que el docente empezaba a ingresar a un mundo totalmente diferente al que estaba acostumbrado. De tener una vida tranquila, enseñando, pasó a ocupar portadas de los medios y varios minutos de televisión por el crimen que cometió.

La sentencia que condenó a Ramírez concluyó que el asesinato se produjo en el domicilio del docente, ubicado en Bernardino Caballero y Villarrica, en Lambaré, específicamente en el baño. Los investigadores concluyeron que se trató de un homicidio premeditado, pues el docente tomó la precaución de pedir prestado el automóvil de su sobrino para trasladar el cuerpo y de hacer algunas diligencias previas y posteriores al hecho, con el fin de armar una coartada.




Pese a haber sido limpiado, forenses detectaron rastros de sangre impregnados en el baño, escalera y hasta en el techo de la casa, así como en el vehículo y en la ropa que utilizó el asesino ese día. También identificaron pelos en un cepillo de limpieza, pruebas de ADN certificaron que pertenecían a la víctima. Estos elementos terminaron por destruir la versión y la estrategia de la defensa.

“Con posterioridad a ello y habiéndose comunicado previamente con la señorita Norma Osorio, ocultó los miembros en bolsas negras de basura, las cargó en el vehículo Gol gris, que esa tarde había pedido prestado a su sobrino Oscar Ramírez, procediendo a esparcir los mismos en diversos puntos de Lambaré y Asunción, siendo el primero de ellos (tronco) arrojado a nueve cuadras de su domicilio y el último (antebrazos y manos) a una cuadra del departamento de Norma Osorio, con quien había quedado a pasar a buscar”.

Los reportes policiales precisan que el torso fue la primera parte encontrada, en horas de la madrugada, al costado del motel Regio’s, ubicado en Lambaré. La cabeza fue hallada en Parapití y Rca. de Colombia; los brazos fueron encontrados en Manduvirá y Montevideo y los muslos, arrojados en 24 de Mayo y Félix Bogado, fueron hallados recién a las 08:30.

En su declaración ante la justicia, Claudia Maldonado, amiga de la infortunada universitaria, reveló que días antes del crimen la había visto muy preocupada a Martha y que al preguntarle el motivo, la joven alegó problemas económicos, por lo que llegó incluso a ofrecerle ayuda para gestionar un préstamo, pero ello no se dio.

La testigo declaró que en aquel entonces ya sabía sobre la situación de boca del propio Ramírez, quien le citó a su oficina al sólo efecto de decirle que mantenía una relación amorosa con su amiga, pero que ella no quería que se hiciera pública porque tenía vergüenza de lo que pensarían sus amistades.

Claudia resaltó que Ramírez llegó a utilizar la fuerza para impedir que Martha saliera de su departamento, ocasión en que aseguró a la joven que si no iba a ser de él, “no sería de nadie”.

“También manifestó la deponente que Martha le contó que el Prof. Ramírez la maltrataba psicológicamente, llegando incluso a tirarla a la cama, agarrarle fuerte de brazo y encerrarla en el baño para que no pudiera salir; también que cuando Martha le dijo que quería terminar, aquel le amenazó con hacerle la vida imposible, que la dejaría mal ante todos como una cualquiera y que si no era de él no sería de nadie“, relata el fallo.

LA VIDA EN LA PRISIÓN

Después de un año y medio de su ingreso al penal de Tacumbú, Hugo Ramírez, master en Economía, se integró al programa del pabellón evangélico Libertad, en el 2003. Al año siguiente quedó a cargo de la administración de la producción de jugo de soja y derivados, y en el 2008 fue nombrado administrador del Programa de Reintegración Social de la Capellanía Evangélica. Paralelamente, hizo cursos a distancia del Instituto Teológico Evangélico y estudió Derecho, para lo cual contó con autorización judicial para rendir los exámenes finales, en diciembre último y concluyó con promedio 5. También se graduó como especialista en Matemáticas y ejerce la docencia en el Instituto Virgen de las Mercedes, actividad por la cual fue reconocido con una mención especial como “mejor facilitador voluntario”, en el año 2007.

Taller sobre autoestima, inteligencia espiritual, coaching ontológico, cómo predicar, guaraní, monitoreo de salud y cocina son algunos de los temas sobre los cuales versaron los varios cursos que hizo en prisión. En una entrevista con el periodista Arturo Zarratea, en marzo de 2009, Ramírez dijo que la dedicación era la forma que encontró para demostrar que las personas recluidas pueden cambiar para bien.

“Que la sociedad vea que sí se puede cambiar acá. Muchos amigos nunca han venido a visitarme, porque a lo mejor creen que me van a encontrar tirado, perdido, muchos dicen -no quiero irme- y quiero demostrarles que esta es una oportunidad: este es un campo fértil donde uno puede desarrollar su creatividad, yo quiero hacer el bien. Pienso que los errores del pasado, ya he tenido suficiente tiempo para meditar y apuntar a un objetivo bien determinado y no salir de eso. No tengo otra oportunidad, no puedo fallar y mis hijos me esperan afuera”, dijo Ramírez en aquella ocasión.

COMPURGARÁ PENA EN EL 2023

El 10 de diciembre de 2002, el Tribunal de Sentencia presidido por Luis María Yaryes e integrado por Roque Orrego y Gustavo Gorostiaga sentenció a Hugo Ramírez Sosa a 21 años de prisión. El fallo fue resultado del voto en mayoría de los jueces Orrego y Gorostiaga. El presidente del colegiado votó por la aplicación de una condena de 24 años de cárcel. Desde la fiscalía, los agentes María Teresa Ruiz Díaz y Amílcar Ayala solicitaron 25 años de condena.

El 8 de marzo de 2004, el Tribunal de Apelación, 3° sala, integrado por Amado Verón, Emiliano Rolón y Arnulfo Arias ratificó la sentencia dictada en primera instancia, tras el estudio de la apelación radicada por el abogado defensor Carlos Vázquez como por los representantes del Ministerio Público.

El expediente judicial da cuenta de que el cómputo realizado por el juzgado de ejecución de sentencia establece que Ramírez Sosa compurgará su condena el 27 de enero de 2023. El 27 de enero de 2016 cumplió las dos terceras partes, uno de los requisitos para solicitar la libertad condicional.

En la sentencia se lee que los Dres. Roque Orrego y Gustavo Gorostiaga sostuvieron: “Si bien el alto grado de reproche lo hace merecedor al acusado de una sanción máxima prevista en el tipo legal respectivo, no es menos cierto que el arrebato pasional del autor, una persona señalada como ciclotímica, hace factible una disminución sensible de la sanción penal; además de ello, la vida anterior del autor señala que el mismo es una persona altamente resocializable, y a tenor de los previsto en el Art. 3 del C.P. y 20 de la C.N., la pena no tiene una finalidad retributiva sino de prevención especial positiva, por ello la sanción debe ser individualizada en 21 años de pena privativa de libertad”
.
LAS CONCLUSIONES DEL TRIBUNAL QUE CONDENÓ AL PROFESOR:

En forma unánime, se concluye que incide negativamente en la individualización de la pena:
1) Su actitud ante al Derecho, evidenciando un absoluto desprecio a las normas jurídicas que regulan la convivencia social;
2) La exagerada energía criminal desplegada al inferir a la víctima reiteradas puñaladas para terminar asfixiándola, preparando incluso de antemano a la realización del hecho, evidenciada en la búsqueda del automóvil y de una coartada razonable.

3) El grado de ilicitud del hecho realizado premeditadamente con dolo directo de parte de un profesor cuyo deber era brindar conocimiento y no la muerte, que faltando a normas éticas se convirtió en su conviviente y en calidad de tal, ha vulnerado su deber de asistencia y protección.

4) La forma de la realización del hecho donde prevaleciéndose de una superioridad física y psicológica sobre su víctima, en forma alevosa procede a matarla.

5) La conducta posterior al hecho consistente en despellejar la zona pública, descuartizarla y distribuir sus restos en dos municipios evidencian la alta reprochabilidad de su conducta que lo hace merecedor de una pena elevada.

Esta conducta posterior al hecho, constituye por sí misma el hecho punible descripto en el artículo 231 del Código Penal, causando una angustia innecesaria en los familiares de la víctima, poniendo incluso en peligro la salud pública por los riesgos que un cadáver en putrefacción entrañan, evidenciando así la malevolencia de la conducta del acusado.

El tribunal también encaró otros aspectos del crimen:

“Efectivamente el acusado dio muerte a la víctima en su casa, caso contrario, cómo se explica los rastros de sangre en el baño, en el techo, en las escaleras. En la declaración se mencionó el corte en el brazo del acusado, con ello mismo pretendió un ardid explicativo, sin embargo, dicho corte no fue observado por su pareja Norma Carolina Osorio; mintió. También se mencionó que Norma Carolina estaba con su menstruación, este hecho no explica las gotas de sangre en el techo, en la escalera, que eran sangre humana". Relata la sentencia.

Continúa: "Evidentemente la permanencia constante del acusado en su balcón según relataron Francisco Javier Portillo y Clara Isabel Portillo, denotan una vigilancia del acusado con posterioridad a su acción homicida, el acusado buscaba un momento oportuno para deshacerse del cadáver".

Los miembros del tribunal concluyeron además que: "La sangre humana encontrada en su casa evidentemente no era suya, pues no tenía heridas, tampoco pueden ser de su novia Norma Carolina; tampoco la sangre humana del auto, podía ser de él o de su novia el grupo sanguíneo indica que podía ser de la víctima y este indicio se hace inequívoco teniendo en cuenta el ADN del cabello y pelos encontrados en el auto y en la casa, terminan por hacer inequívoco de quién era la sangre cuyos rastros se recogió; eran de la víctima a la que dio muerte el señor Hugo Tomás Ramírez Sosa. Su participación en las heridas que produjeron el derramamiento de sangre en el baño y posteriormente la impregnación en el auto que había prestado de su sobrino, se prueba con la sangre humana del short que llevaba puesto esa noche, según el testimonio de la novia y el peritaje hecho.”

Hoy Hugo Ramírez sigue en la penitencaría de La Esperanza, en donde muestra una conducta ejemplar, según las autoridades del Penal. No presenta ningún solo incidente en su foja, y colabora con los demás reclusos para que puedan estudiar y tener una segunda oportunidad cuando salgan en libertad.

Abc

No hay comentarios:

Publicar un comentario