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martes, 9 de octubre de 2018

Salud prohíbe venta de antibióticos sin receta médica

El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social dispuso la venta obligatoria de antibióticos solo bajo receta médica. La medida entrará a regir a partir del próximo 1 de noviembre.

Los antibióticos se venderán bajo receta médica desde el 1 de noviembre

Por medio de una resolución, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social establece que los antibióticos solo podrán ser comercializados exclusivamente bajo receta médica.

“El uso inadecuado de antibióticos y la automedicación es un problema grave que causa muchas muertes. He firmado una resolución para que, a partir del 1 de noviembre, la venta de antibióticos en farmacias requiera receta simple archivada”, expresó en su cuenta de Twitter este martes el ministro de Salud, Julio Mazzoleni.

El uso inadecuado de antibióticos y la automedicación es un problema grave que causa muchas muertes. He firmado una resolución para que, a partir del 1 de noviembre, la venta de antibióticos en farmacias requiera receta simple archivada.

De acuerdo con un comunicado de la cartera de salud, anteriormente existía una resolución que exigía una receta pero no había necesidad que sea archivada (prescripta y bajo vigilancia médica) por lo que los mecanismos de control eran muy exiguos.

Generalmente, en las farmacias se compran antibióticos como si fueran medicamentos de venta libre, como el caso de la amoxicilina para aliviar el dolor de garganta o de la azitromicina, para combatir las bacterias.

Con la nueva resolución, se busca evitar poner en riesgo la vida de los pacientes. “Debido a la magnitud que representa este problema, entonces, hemos decidido tomar esta decisión de emitir la resolución donde se exija receta simple archivada”, explicó el titular de Salud por medio del documento.

Según la medida oficial, los establecimientos habilitados por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria deberán conservar la receta por el término de dos años, asentando diariamente las dispensadas en un libro diario.

También dispone que las recetas tendrán una validez de cinco días desde su emisión y debe contar con datos como: el nombre del paciente, número de cédula, diagnóstico, contener leyenda de “válido por cinco días de su emisión” con caracteres legibles; firma y sello del médico prescriptor con el número de registro profesional.

El documento expresa que se prohíbe las muestras médicas, que tengan actividad antibiótica, a partir del año entrante.

El ministro Mazzoleni aclaró que todos los antibióticos de uso sistemático y los que se inyectan o se consumen vía oral son los que están reglamentados en la resolución. No así los que son de uso tópico.

UH

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