Tras la entrada en vigencia de la Ley 5.074/15, por la cual los trabajadores domésticos tendrán acceso a salud y jubilación, las patronales deberán, desde este mes de diciembre, declarar en forma mensual el salario de sus empleados, de tal forma a generar los extractos y luego proceder al pago correspondiente, informaron desde el Instituto de Previsión Social (IPS).
Mientras que para todas aquellas patronales que deseen hacer uso de los servicios de pago, vía boca de cobranza externa, deberán adherirse al sistema Registro Electrónica de Información (REI), mencionaron.
Desde la entidad previsional habilitaron varias vías de comunicación, como la línea 219-7800 opciones del 1 al 7, o la posibilidad de acercarse a las oficinas de la Dirección Aporte Obrero Patronal, en Nuestra Señora de la Asunción y Víctor Haedo.
De acuerdo a los alcances de la normativa, los trabajadores domésticos aportarán G. 98.499 y el patrón G. 180.581 mensuales al IPS. Con esto, la previsional percibirá G. 279.080 en total, sobre la base del salario mínimo del trabajador o trabajadora domésticos, que es de G. 1.094.433.
VENCIMIENTO
Recordaron que la fecha de vencimiento de las planillas en IPS será el 10 de cada mes, lo cual se mantiene y hará que se modifique automáticamente el número de patronal, a los efectos de ajustar la actividad y régimen respectivo, sin que ello afecte a las patronales. Por ejemplo: 0001-85-0001 será 0001-75-0001, remarcaron.
El gerente de Protección Económica del Seguro Social del IPS, Pedro Halley Merlo, señaló que existen 220.000 trabajadores domésticos, de los cuales, el Instituto de Previsión Social tiene inscripto a solo 28.000.
LN
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