Las telefónicas aseguraron que todo cambio en la ley tendrá un impacto muy importante en el sector. | Foto Archivo.
De acuerdo con la normativa, que modifica la Ley de Telecomunicaciones, se incorpora en el artículo 93 el inciso “h”, que reza: "En el caso de las tarifas establecidas por los prestadores y empresas concesionarias que brinden servicio de telefonía e internet móvil, los minutos acreditados bajo las siguientes modalidades: a) abono fijo con factura; b) prepago con tarjeta; c) prepago a través de carga virtual; d) cualquier otra forma de acreditación de minutos que en el futuro se disponga, no tendrán plazos de vencimiento o caducidad".
También se especifica que solo se descontarán por el uso pleno del crédito; los minutos no utilizados en el mes se acumularán y se acreditarán automáticamente a favor del usuario, pero se excluyen los saldos promocionales.
El proyecto ya contaba con media sanción de Diputados, por lo que queda sancionado. El mismo fue presentado por los diputados Salustiano Salinas y Óscar Tuma.
Las operadoras manifestaron su preocupación sobre esta normativa, dado que el proyecto pretende dar una regulación en los saldos promocionales que suelen ofertar las empresas telefónicas. Establece que el saldo (mensajes, llamadas, paquete de datos) acreditado a través del sistema prepago, recarga y abono fijo no tengan plazos de vencimiento y que los minutos no utilizados sean acumulados a favor del consumidor.
Las telefónicas aseguraron que todo cambio en la ley tendrá un impacto muy importante en el sector, por lo que pidió que las modificaciones en la Ley 642 queden a cargo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).
FuenteUH
De acuerdo con la normativa, que modifica la Ley de Telecomunicaciones, se incorpora en el artículo 93 el inciso “h”, que reza: "En el caso de las tarifas establecidas por los prestadores y empresas concesionarias que brinden servicio de telefonía e internet móvil, los minutos acreditados bajo las siguientes modalidades: a) abono fijo con factura; b) prepago con tarjeta; c) prepago a través de carga virtual; d) cualquier otra forma de acreditación de minutos que en el futuro se disponga, no tendrán plazos de vencimiento o caducidad".
También se especifica que solo se descontarán por el uso pleno del crédito; los minutos no utilizados en el mes se acumularán y se acreditarán automáticamente a favor del usuario, pero se excluyen los saldos promocionales.
El proyecto ya contaba con media sanción de Diputados, por lo que queda sancionado. El mismo fue presentado por los diputados Salustiano Salinas y Óscar Tuma.
Las operadoras manifestaron su preocupación sobre esta normativa, dado que el proyecto pretende dar una regulación en los saldos promocionales que suelen ofertar las empresas telefónicas. Establece que el saldo (mensajes, llamadas, paquete de datos) acreditado a través del sistema prepago, recarga y abono fijo no tengan plazos de vencimiento y que los minutos no utilizados sean acumulados a favor del consumidor.
Las telefónicas aseguraron que todo cambio en la ley tendrá un impacto muy importante en el sector, por lo que pidió que las modificaciones en la Ley 642 queden a cargo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).
FuenteUH
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