Dicho Consejo queda constituido como autoridad de aplicación de la Ley N° 4013/2010, que "reglamenta el ejercicio del derecho a la Objeción de Conciencia al SMO y establece el Servicio sustitutivo al mismo en beneficio de la población civil".
El Defensor del Pueblo presidirá el consejo e integrado por los presidentes de las Comisiones de Derechos Humanos de ambas cámaras del Congreso, además de un representante del ministerio de Defensa Nacional, designado por el titular de dicha cartera y un representante de los objetores de conciencia, según el informe.
El objetor será elegido por sorteo entre aquellos que hayan presentado su objeción en los últimos 5 años de promulgada la Ley, señala la presente disposición que será refrendada por el ministro de Defensa Nacional, Cecilio Pérez Bordón.
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