El fiscal interino, Francisco Martínez, confirmó la imputación por el citado tipo penal tras conocerse en el informe forense que “la semana pasada se recibió los resultados de la auptopsia realizada por el Dr. Nicodemus Rodríguez, el cual señala que hubo mala praxis, por lo cual se procedió a la imputación de la doctora Edith Melgarejo como responsable del hecho. Por este motivo, ya está abierto el procedimiento con el fin de que la fiscalía pueda demostrar que la misma tuvo responsabilidad en el hecho”, agregó el fiscal.
La médica es la única imputada hasta el momento y a partir de esto se abre un periodo de seis meses para las investigaciones e incluir más pruebas; no se descarta que pueda haber complicidad de otros médicos o personas en el suceso; de ser así, también serán incluidos en la carpeta fiscal El hecho se produjo a principio de junio pasado, cuando se le realizó una cirugía a Rogelia Acuña, tras la intervención se descompensó, por lo que tuvo que ser trasladada hasta el Hospital Nacional para estudios de mayor complejidad, pero falleció en la ambulancia que sufrió un desperfecto mecánico por el camino.
Heriberto Acuña indicó en esa oportunidad que su hermana no contaba con la asistencia de una enfermera porque el centro no le otorgó una pese a que había salido recientemente de una cirugía. El cuerpo de la mujer fue llevado a la morgue del Instituto de Previsión Social (IPS) de Ayolas, donde los médicos quisieron practicarle la autopsia pero los familiares se negaron porque no confiaban en el diagnóstico que podía brindar el médico forense de esta ciudad, Édgar Caballero.
Por esta situación se determinó que la autopsia sea realizada por el médico forense Nicodemus Rodríguez, que había señalado que la causa de muerte fue shock hipovolémico por mala ligadura de vasos o porque directamente no se ligaron los vasos tras la operación. El juez José Del Rosario Centurión, quien está a cargo de la causa, señaló que Edith Melgarejo actualmente se encuentra con medidas alternativas mientras avanza el proceso.
Abc
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