En Asunción, está prohibido el transporte de menores de 10 años en una motocicleta. Foto: José Alberto Serafini.
Un grave desconocimiento del propio director de la Policía Municipal de Tránsito de Asunción puede impedir una mejor prevención contra los accidentes que involucran a una motocicleta.
El caso se da al ser consultado sobre la existencia de una ordenanza en la capital que prohíbe el transporte de menores de edad en un biciclo. Esto es como consecuencia de la bebé de tres meses fallecida este domingo en Ypacaraí.
Al principio, el director policial dijo que la ordenanza municipal solo reglamenta el número de personas a bordo de una motocicleta. "Las normas que regulan la utilización de estos vehículos solo permiten a dos pasajeros", indicó.
Solo mencionó que los acompañantes deben utilizar el mismo equipamiento que el conductor como el casco, chalecos reflexivos, etc. "Se puede llevar a un niño en la moto, siempre y cuando no exceda a dos personas en el biciclo", insistió en conversación con la emisora 730 AM.
Saprisa expresó su preocupación por ese hecho y refirió que se debe hacer una modificación en la ordenanza para prohibir el transporte de niños ante la imprudencia e inconciencia de las personas que exponen a los menores a ese peligro.
Sin embargo, en la misma entrevista le señalaron que en la ordenanza 479, artículo 215, inciso J, se prohíbe el transporte de niño menores de diez años y mujeres en estado de gravidez.
"Realmente me sorprende. Debo informarme mejor en todo caso", aseveró al mismo tiempo en que empezó a hojear el documento para cerciorase de que los datos fueran los correctos. Después de unos segundos de hacer la verificación, dijo que efectivamente está en la ordenanza la mencionada prohibición.
"Es grave que yo desconozca esto. Esto es muy grave. Si el propio jefe no sabe es doblemente grave. Asumo la responsabilidad plenamente", se sinceró. Agregó, que este hecho amerita que se dedique mucho más a su labor.
FuenteUH
No hay comentarios:
Publicar un comentario