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jueves, 26 de diciembre de 2013

La EBY pagó G. 3.600 millones por una sospechosa indemnización

Documento. Memorándum del asesor jurídico Agustín Saguier al director Enrique Cáceres.
Yacyretá efectivizó en el periodo pasado una indemnización millonaria por "pérdida definitiva de la actividad productiva", pese a que el propio dictamen jurídico admite que esta causal no está prevista en la legislación.


A principios de este año, un total de G. 3.600 millones fue abonado por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) a Carmen de la Cruz Benítez Ruiz Díaz en concepto de indemnización por "pérdida definitiva de la actividad productiva", ya que la misma era propietaria de dos locales comerciales en la zona baja de la ciudad de Encarnación, que fue afectada por la suba del embalse.

Lo llamativo del caso es que el propio dictamen del asesor jurídico de la hidroeléctrica, el abogado Agustín Saguier Abente, hijo del senador liberal Miguel Abdón Saguier, señala que dicha indemnización no está prevista en la legislación, pero aún así se recomienda el pago.

No está prevista. "La compensación económica peticionada por la recurrente no se encuentra expresamente prevista en nuestra legislación, pero no es menos cierto que existe un daño real en su economía, ya que la actividad comercial del cobro de alquiler ha concluido al momento de la suscripción de la escritura pública de transferencia a la EBY", dice el abogado en su memorándum dirigido al director de la binacional de entonces, Enrique Cáceres Rojas.

Abierto a conversación. El mismo incluso indica que la persona peticionante solicita G. 3.600 millones, pero igualmente manifiesta que dicho monto no constituye una posición intransigente, sujeto a un posible acuerdo.

"En este contexto, y si bien el objetivo principal de la EBY es el cumplimiento y la ejecución de las previsiones de la ley de expropiaciones conforme a las reglas de la legalidad, de formalidad y especialización, no es menos cierto que en ocasiones la equidad es preferible al rigor, más tratándose de cuestiones que involucran aspectos de índole social dentro del marco de la probidad y la igualdad", expresa el texto del abogado.

A disposición. Finalmente, el asesor jurídico puso a disposición del director de la entidad la decisión del pago, y en el documento puede observarse que Cáceres firmó el 17 de enero de este año indicando que se dé continuidad a los trámites para realizar el pago correspondiente.

Según la nota presentada por el abogado Walter Rotela, en representación de Carmen de la Cruz Benítez Ruiz Díaz, la EBY desembolsó en su momento, en concepto de indemnización por la expropiación de las propiedades, un total de USD 85.000.

FuenteUH

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